Aprueban
la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el Desarrollo de las Semanas de
Gestión en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de Educación
Básica”
Resolución
Ministerial N° 239-2025-MINEDU
Lima,
4 de junio de 2025
VISTOS,
el Expediente N° DIGE2025-INT-0188093, los Informes N°
00041-2025-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE y N° 00059-2025-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE de la
Dirección de Gestión Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión
Escolar; el Informe N° 00457-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, el Informe N° 00447-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución
Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de
la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa
y formular los lineamientos generales de los planes de estudio, así como los
requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;
Que,
el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la
conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el
literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la
citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear,
dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo
su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que,
el literal h) del artículo 13 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación,
precisa que los factores que interactúan con el logro de la calidad de la
educación son, entre otros, la organización institucional y relaciones humanas
armoniosas que favorecen el proceso educativo;
Que,
el literal d) del artículo 64 de la Ley N° 28044 precisa que, la gestión
educativa tiene entre sus objetivos, contribuir a lograr el manejo eficaz,
eficiente e innovador de las instituciones educativas, que conduzca a la
excelencia educativa; asimismo, el artículo 66 de la referida Ley, establece
que, la Institución Educativa es la primera y principal instancia de gestión
del sistema educativo descentralizado, tiene por finalidad el logro de los
aprendizajes y la formación integral de sus estudiantes;
Que, a
través de la Resolución Ministerial N° 153-2023-MINEDU se aprueba la Norma
Técnica denominada “Disposiciones para el Desarrollo de las Semanas de Gestión
en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”,
la cual tiene por objetivo establecer disposiciones para el desarrollo de las
semanas de gestión en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la
Educación Básica, con la finalidad de asegurar espacios de trabajo
colaborativos, reflexivos y participativos entre el personal de la institución
o programa educativo para la mejora de la gestión escolar, buscando el
desarrollo integral de los estudiantes;
Que,
en el marco de las disposiciones antes señaladas, mediante los Informes N°
00041-2025-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE y N° 00059-2025-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE de la
Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la Dirección General de Calidad de
la Gestión Escolar, se sustenta la necesidad de derogar la Resolución
Ministerial N° 153-2023-MINEDU, que aprobó la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para el Desarrollo de las Semanas de Gestión en las
Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica” y, a su
vez, aprobar nuevas disposiciones para el desarrollo de las semanas de gestión
en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de Educación Básica, con
la finalidad de actualizar el contenido de estas, considerando su distribución
y de las semanas lectivas; además de incorporar las pautas necesarias para que
las instituciones educativas de Educación Básica puedan realizar la
planificación de sus actividades y cuenten con un procedimiento para la
recuperación de días lectivos o de gestión, en caso de suspensión del servicio
educativo;
Que,
la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General
de Educación Básica Regular, la Dirección General de Educación Básica
Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito
Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; la
Dirección General de Desarrollo Docente y la Dirección General de Gestión
Descentralizada;
Que,
mediante el Informe N° 00457-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite
opinión favorable a la propuesta, señalando que, desde el punto de vista de
planificación, se encuentra alineada con los instrumentos de planificación
estratégica e institucional del sector Educación; y, desde el punto de vista
presupuestal, no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación, ni
al Tesoro Público; toda vez que, para el Año Fiscal 2025, su implementación
estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la Dirección de Gestión
Escolar, en el marco de los créditos presupuestarios contemplados dentro de la
Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y
para los años futuros, deberá ser priorizada por la misma, en el marco de los
procesos de Programación Presupuestaria y Formulación Presupuestaria de los
periodos correspondientes y deberá sujetarse a las disposiciones contempladas
en las Leyes Anuales de Presupuesto respectivas;
Que, a
través del Informe N° 00447-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría
Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;
De
conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la
Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y, el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado
por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo
1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 153-2023-MINEDU, que
aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el Desarrollo de las
Semanas de Gestión en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la
Educación Básica”.
Artículo
2.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el
Desarrollo de las Semanas de Gestión en las Instituciones Educativas y
Programas Educativos de Educación Básica”, la misma que, como anexo, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo
3-. Disponer la publicación de la presente Resolución y su
anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la
sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de
la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
MORGAN
NICCOLO QUERO GAIME
Ministro
de Educación
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