Adjudicación por acto público en la UGEL
Participan los postulantes que superan la Etapa Descentralizada del
concurso, en el caso de no poder asistir, pueden designar a un
representante mediante carta poder simple. Solo se puede representar a un
postulante.
La UGEL o DRE convoca a los postulantes para la adjudicación de las
plazas y emite una Resolución Directoral especificando el lugar y horario
de los actos públicos, en el siguiente orden:
1.
Acto público
para adjudicar plazas de II.EE. por convenio, fiscalizadas y de Educación
Religiosa.
2.
Acto público
para adjudicar plazas de II.EE. Educación Intercultural Bilingüe (EIB) que
requieren certificación.
3.
Acto público
para adjudicar plazas que no requieren la acreditación de requisitos
específicos indicados en los actos públicos anteriores.
El postulante o su representante asiste al día
de la adjudicación llevando
la documentación necesaria, ver
el detalle aquí. A
continuación, se detalla el flujo del desarrollo del acto público.
Adjudicación
por acto público en la UGEL
Adjudicación por acto público en la DRE
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