google.com, pub-7615684751774636, DIRECT, f08c47fec0942fa0 RECURSOS MINEDU
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Puntaje mínimo requerido para aprobar el examen de Ascenso Docente


La aplicación de la prueba se realiza en la fecha establecida en el cronograma en los locales de evaluación dispuestos en todas las regiones del país. El postulante recibe la prueba en formato impreso, la cual está compuesta por 60 preguntas y tiene una duración máxima de 3 horas para responderla. Todas las respuestas deben ser marcadas en la ficha de respuestas, que le es entregada en el aula, no se consideran las respuestas marcadas en el cuadernillo.

Cada pregunta correctamente respondida otorga al postulante un punto y medio (1,5), de forma que el puntaje máximo es de noventa (90) puntos. Las respuestas incorrectas no generan puntos en contra. Para superar la prueba, el postulante debe alcanzar el puntaje mínimo que corresponde a la escala magisterial a la que postula, como se detalla a continuación:



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Cuadernillos y Claves de Concursos de Ascenso anteriores

 


TEMARIOS

Prueba Nacional

Esta prueba es aplicada en la Etapa Nacional y participan los postulantes inscritos en el concurso. Se evalúa el conocimiento pedagógico del docente a partir de su puesta en uso en situaciones propias de su práctica. Específicamente se evalúa:

  • La aplicación de principios pedagógicos fundamentales que permiten la construcción del aprendizaje, de acuerdo con los enfoques y principios señalados en los documentos curriculares vigentes.
  • La comprensión de las teorías del aprendizaje vigentes, y los fines y principios de la educación peruana.
  • Los conocimientos pedagógicos relacionados con la didáctica específica.
  • Los conocimientos disciplinares relevantes para promover el desarrollo de las competencias propuestas en los documentos curriculares vigentes, según el nivel, modalidad y/o área correspondiente.

Estos conocimientos se evalúan en uso e implican la comprensión del enfoque por competencias, teniendo en cuenta las necesidades educativas de los estudiantes en sus procesos de aprendizaje.

La aplicación de la prueba se realiza en la fecha establecida en el cronograma en los locales de evaluación dispuestos en todas las regiones del país. El postulante recibe la prueba en formato impreso, la cual está compuesta por 60 preguntas y tiene una duración máxima de 3 horas para responderla. Todas las respuestas deben ser marcadas en la ficha de respuestas, que le es entregada en el aula, no se consideran las respuestas marcadas en el cuadernillo.

Pruebas de concursos anteriores

A continuación, puede revisar las pruebas aplicadas en los últimos concursos realizados para el ascenso de escala magisterial en la Carrera Pública Magisterial.

CONCURSO DE ASCENSO 2018 


CONCURSO DE ASCENSO 2019


 ✅CONCURSO DE ASCENSO 2021


 ✅CONCURSO DE ASCENSO 2022


 ✅CONCURSO DE ASCENSO 2023


 ✅CONCURSO DE ASCENSO 2024


 ✅CONCURSO DE ASCENSO 2025

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Temarios para el Ascenso Docente 2026

 


Temarios

El presente temario tiene el propósito de orientar a los participantes en la revisión de los conocimientos que serán evaluados en la Prueba Nacional del Concurso para el Ascenso de Escala Magisterial 2026 en el marco de la Ley de la Reforma Magisterial.

Tenga en cuenta que los temas presentados a continuación serán abordados principalmente desde el punto de vista de su aplicación en la práctica pedagógica. En este sentido, la prueba demanda una adecuada comprensión de los mismos, de tal forma que posibiliten su puesta en uso en la actividad docente de aula y el quehacer pedagógico en general.

Se recomienda evitar adquirir materiales de evaluación que circulan de manera impresa y digital, ya que estos materiales no guardan ninguna relación con los instrumentos de evaluación que implementa el Minedu. Recuerde que toda la información respecto a los concursos y evaluaciones se difunden a través de esta página web.

 

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Precisiones sobre el Nombramiento Docente 2026

 


El Ministerio de Educación se ha pronunciado sobre el nombramiento docente 2026, y al respecto en el Oficio N° 506-2026-MINEDU, ha establecido las siguientes precisiones

El Oficio N° 506-2026-MINEDU establece las disposiciones preliminares para el próximo proceso de Nombramiento Docente 2026 (Ingreso a la Carrera Pública Magisterial).

A continuación, se detalla la información relevante extraída sobre este documento y la convocatoria:

1. Fecha de la Convocatoria

         La convocatoria oficial para el Concurso de Nombramiento Docente está programada para iniciarse a partir del mes de noviembre de 2026.

2. Objetivo del Proceso

         El objetivo principal es permitir que los docentes contratados y nuevos postulantes puedan ingresar a la Carrera Pública Magisterial (CPM), asegurando estabilidad laboral y beneficios de ley en instituciones de Educación Básica del sector público.

3. Requisitos Generales (Basados en normativas vigentes relacionadas)

Aunque el cronograma específico se publicará cerca de la fecha de inicio, los requisitos estándar para estos procesos suelen incluir:

         Título Profesional: Poseer título de profesor o licenciado en educación que corresponda a la modalidad, nivel/ciclo y especialidad de la plaza.

         Idoneidad: Cumplir con los requisitos de formación académica y no tener impedimentos legales para el ejercicio docente (registros de sanciones, delitos dolosos, etc.).

         Experiencia Laboral: Se suele considerar el tiempo de servicio docente previo, acreditado mediante resoluciones de contrato y boletas de pago.

4. Etapas del Concurso

El proceso se divide típicamente en dos etapas principales:

         Etapa Nacional: Consiste en la aplicación de la Prueba Nacional (PN), donde se evalúan conocimientos pedagógicos y de la especialidad.

         Etapa Descentralizada: Los clasificados pasan a una evaluación a cargo de comités en las UGEL o instituciones educativas, que incluye la observación de aula (sesión de aprendizaje) y la entrevista personal.

5. Contexto Adicional

         Este anuncio se alinea con los esfuerzos del Ministerio de Educación (MINEDU) para garantizar la meritocracia y cubrir las plazas vacantes presupuestadas con personal calificado.

         Es importante que los interesados mantengan actualizados sus expedientes, incluyendo certificados de capacitación de los últimos 5 años y resoluciones de felicitación, ya que estos otorgan puntaje en la fase de méritos.

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Modifican el Padrón de IIEE Unidocente y Multigrado

 


Modifican el Anexo 1: Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 037-2026-MINEDU

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 256-2026-MINEDU

Lima, 30 de abril de 2026

VISTOS; el Expediente Nº DITEN2026-INT-0396440, el Informe Nº 00532-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 00713-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00626-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 227-2015-EF, se establece la vigencia, características, criterios y montos de las asignaciones temporales por prestar servicio efectivo en una institución educativa pública de Educación Básica o Educación Técnico - Productiva: i) unidocente o multigrado; ii) comprendida en la Educación Intercultural Bilingüe (EIB) de acuerdo al criterio lingüístico: a) asignación por prestar servicios en una institución educativa EIB, b) asignación adicional por contar con acreditación del Ministerio de Educación en el dominio de la lengua originaria correspondiente a la institución educativa pública EIB; iii) ubicada en zona rural y/o de frontera; y, iv) ubicada en el ámbito de intervención directa del VRAEM;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 226-2015-EF y modificatorias, se establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración mensual, las bonificaciones por condiciones especiales de servicio y las vacaciones truncas a otorgarse al profesorado contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 296-2016-EF y sus modificatorias, se establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración mensual, las asignaciones y bonificaciones por condiciones especiales del servicio, los beneficios, la remuneración vacacional y las vacaciones truncas a otorgarse a los Auxiliares de Educación nombrados y contratados;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 037-2026-MINEDU, se aprobaron los padrones para la percepción de las asignaciones temporales y bonificaciones por condiciones especiales del servicio, correspondientes al año 2026 a otorgarse a los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados, conforme al siguiente detalle: Anexo 1: Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado; Anexo 2: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular del Nivel Inicial Escolarizado, Primaria y Secundaria, comprendidas en Educación Intercultural Bilingüe de acuerdo al criterio lingüístico; Anexo 3: Padrón de Docentes Bilingües, acreditados con al menos nivel intermedio en el dominio oral e intermedio en el dominio escrito de las lenguas originarias aimara y quechua (sureño, norteño inkawasi-kañaris y central), con al menos nivel intermedio en el dominio oral y básico en el dominio escrito de las lenguas originarias quechua norteño cajamarca, quechua central wanka, ashaninka, asheninka, awajún, shawi, shipibo-konibo y wampis, o al menos nivel básico en el dominio oral de las otras lenguas originarias; Anexo 4: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico-Productiva, ubicadas en zona rural y su grado de ruralidad; Anexo 5: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico-Productiva, ubicadas en zona de frontera; y, Anexo 6: Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico-Productiva, ubicadas en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM);

Que, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial Nº 037-2026-MINEDU, establece que los referidos padrones aprobados constituyen el único instrumento habilitante para el Año Fiscal 2026 para la percepción de las asignaciones temporales y bonificaciones cuyos montos, criterios y condiciones se regulan en los Decretos Supremos Nº 014-2014-EF, Nº 226-2015-EF y Nº 296-2016-EF y sus respectivas modificatorias;

Que, mediante el Informe Nº 00532-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente propone y sustenta la necesidad de modificar el Anexo 1: Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 037-2026-MINEDU, toda vez que el referido padrón fue elaborado considerando la información registrada en el Sistema de Administración y Control de Plazas (NEXUS) al 19 de diciembre de 2025; sin embargo, con posterioridad a dicha fecha, el financiamiento de nuevas plazas y bolsa de horas a favor de los Gobiernos Regionales, en el marco del Decreto Supremo Nº 033-2026-EF, así como por los procesos de racionalización y reubicación de plazas efectuados por las Unidades Ejecutoras al 04 de marzo de 2026, modificaron las características de determinadas instituciones educativas, por lo que resulta necesario actualizar el referido padrón; a fin de garantizar que los docentes y auxiliares de educación nombrados y contratados perciban correctamente la asignación por tipo de institución educativa;

Que, mediante el Informe Nº 00713-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto considera viable continuar con el trámite de aprobación de la propuesta modificatoria, en cuanto, desde el punto de vista de planificación, guarda relación con los instrumentos de planificación estratégica del Sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal, no irroga gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación, toda vez que parte de los recursos se encuentran programados en el Presupuesto Institucional de Apertura de los Pliegos Gobiernos Regionales y de la Unidades Ejecutoras de Educación de Lima Metropolitana; y, de corresponder, la Dirección Técnico Normativa de Docentes propondrá las modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional, en el marco de los literales a), c), d) y e) del numeral 82.1 del artículo 82 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, las cuales estarán sujetas a la disponibilidad presupuestal del Pliego 010. M. de Educación;

Que, a través del Informe Nº 00626-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Anexo 1: Padrón de Instituciones Educativas Públicas Unidocente y Multigrado, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 037-2026-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA

Ministra de Educación

 ✅ANEXO

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Modifican la implementación del financiamiento por desempeño denominado Compromisos de Desempeño 2026

 


Modifican la Norma Técnica “Disposiciones para la implementación del mecanismo de financiamiento por desempeño denominado Compromisos de Desempeño 2026”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 253-2026-MINEDU

Lima, 28 de abril de 2026

VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº UFD2026-INT-0420834; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 72.1 del artículo 72 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza al pliego Ministerio de Educación, en el Año Fiscal 2026, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de las unidades ejecutoras de educación de los gobiernos regionales, para el financiamiento de las intervenciones priorizadas por el Ministerio de Educación, así como para el financiamiento de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales “Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular”, “Incremento en el acceso de la población a los servicios educativos públicos de la Educación Básica”, “Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva”, “Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria”, “Fortalecimiento de la educación superior tecnológica” y “Reducción de la vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres”, así como acciones centrales y asignaciones presupuestarias que no resultan en productos; lo que no incluye el financiamiento de contratación de personal;

Que, el numeral 72.2 del citado artículo establece que los compromisos, metas y lineamientos son aprobados mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Educación, previa opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF);

Que, el numeral 72.3 del citado artículo dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro de Educación, a propuesta de este último, debiéndose presentar hasta el 03 de julio de 2026;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 057-2026-
MINEDU, se aprueba la Norma Técnica “Disposiciones para la implementación del mecanismo de financiamiento por desempeño denominado Compromisos de Desempeño 2026” (en adelante, la Norma Técnica), cuyo objetivo es establecer las disposiciones y condiciones para la implementación y cumplimiento del mecanismo de financiamiento por desempeño denominado “Compromisos de Desempeño 2026”, en el marco de lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, señala que la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto es responsable de proponer y coordinar la implementación de metodologías y mecanismos de financiamiento por desempeño dirigidos a instituciones, programas educativos e instancias de gestión educativa descentralizada;

Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño (UFD) de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante el Informe Técnico Nº 00011-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, sustenta la necesidad de realizar modificaciones a la Norma Técnica, en lo concerniente a los literales a. y b. del numeral 6.10 del ítem VI, y a su Anexo Nº 2, respecto a la Ficha Técnica del Compromiso 9, indicador 9.2; sobre la base de lo señalado en los Informes Nº 00033-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UFD y Nº 00173-2026-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la UFD y de la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DISERTPA), respectivamente; precisando que la propuesta de modificación cuenta con las opiniones favorables de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED) y la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN), mediante el Memorándum Nº 00131-2026-MINEDU/VMGI-DIGEGED y el Oficio Nº 02416-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, respectivamente;

Que, asimismo, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante el Informe Nº 00740-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, precisado mediante correo electrónico de fecha 27 de abril de 2026 de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de modificación de la Norma Técnica; por cuanto, desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, su implementación no irroga gastos adicionales al Tesoro Público;

Que, con el Informe Nº 00630-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal efectuado, teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de Vistos, considera legalmente viable la propuesta modificatoria de Norma Técnica, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar los literales a. y b. del numeral 6.10 del ítem VI y el Anexo Nº 2, respecto a la Ficha Técnica del Compromiso 9, indicador 9.2, de la Norma Técnica “Disposiciones para la implementación del mecanismo de financiamiento por desempeño denominado Compromisos de Desempeño 2026”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 057-2026-MINEDU, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA

Ministra de Educación