Aprueban Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales
Educativos para el Año 2025”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 009-2025-MINEDU
Lima, 9 de enero de 2025
VISTO, el Expediente N° MPD2024-EXT-0973480, el Oficio N°
002589-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa
Nacional de Infraestructura Educativa, el Memorándum N°
01062-2024-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, el Informe Nº 00027-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación,
establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) es el órgano del Gobierno
Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de
educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del
Estado;
Que, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley establece
como función del MINEDU el liderar la gestión para conseguir el incremento de
la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así
como los planes de inversión e infraestructura educativa;
Que, el literal a) del numeral 79.1 del artículo 79 de la Ley N°
32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza
al MINEDU, para financiar, con cargo a los recursos de su presupuesto
institucional, el “Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2025”,
que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos
públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas y la
implementación del equipamiento de ciclista en el marco de la intervención
Rutas Solidarias, hasta por la suma de S/ 301 699 720,00 (TRESCIENTOS UN
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES),
los que consideran hasta S/ 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) para el
mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas y la implementación del
equipamiento de seguridad del ciclista en el marco de la intervención Rutas
Solidarias, y hasta por la suma de S/ 1 602 800,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS DOS
MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES) para la contratación de servicios de
seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica de las actividades
previstas en el citado Programa;
Que, el numeral 79.2 del artículo 79 de la citada Ley señala que
los montos a que refiere el numeral 79.1 son desembolsados de manera directa,
bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una cuenta abierta en
el Banco de la Nación a nombre del personal de la institución educativa
pública, según corresponda, de acuerdo con las disposiciones establecidas
mediante resolución ministerial del MINEDU; dichos montos son desembolsados de
manera directa, a excepción de los montos destinados para la contratación de
servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica;
Que, asimismo el
numeral 79.3 del artículo 79 de la referida Ley establece que el MINEDU,
mediante resolución del titular del pliego, hasta el 31 de enero de 2025,
aprueba las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo
establecido en el referido artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la
apertura de cuentas, utilización de los recursos, y de devolución ante la no
utilización de los recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo
dispuesto en los numerales 79.1 y 79.2 del citado artículo;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se crea el
Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), el mismo que tiene
por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir
infraestructura educativa pública de educación básica y de educación superior
pedagógica, tecnológica y técnico-productiva, incluyendo el mantenimiento y/o
equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada
con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y
regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de
infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la
educación del país;
Que, el artículo
32 del Manual de Operaciones de PRONIED, aprobado mediante Resolución
Ministerial N° 034-2016-MINEDU, establece que la Unidad Gerencial de
Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y
conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación)
de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la educación
básica y de la educación superior pedagógica, tecnológica y técnico-productiva;
Que, mediante el Oficio N° 002589-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE, la
Dirección Ejecutiva del PRONIED, sustentada en el Informe N°
00109-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de su Unidad Gerencial de Mantenimiento -con
la conformidad de la Dirección General de Infraestructura Educativa, de la
Dirección General de Gestión Descentralizada y de la Dirección General de
Calidad de la Gestión Escolar del Despacho Viceministerial de Gestión
Institucional-, en el Informe N° 000415-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP de su
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, así como en el Informe N°
001249-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ de su Oficina de Asesoría Jurídica,
sustenta y propone la aprobación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones
para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos para el
Año 2025”; precisando que el financiamiento para el “Programa de Mantenimiento
de los Locales Educativos 2025” asciende a la suma de S/ 296 602 800,00
(DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100
SOLES);
Que, con el Memorándum N° 01062-2024-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina
de Panificación Estratégica y Presupuesto remite y encuentra conforme el
Informe N° 02558-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de su Unidad de Planificación y
Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable para la aprobación de la
referida Norma Técnica, precisando que se alinea a los objetivos estratégicos
del Sector Educación y existen recursos asignados en la Unidad Ejecutora 108:
Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Pliego 010: M. de Educación,
correspondiente al Año Fiscal 2025, para financiar la ejecución del Programa de
Mantenimiento de los Locales Educativos 2025, hasta por un monto de S/ 296 602
800,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS Y
00/100 SOLES);
Que, mediante el Informe Nº 00027-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina
General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la aprobación
de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de
Mantenimiento de Locales Educativos para el Año 2025”;
Que, en ese sentido, corresponde expedir el presente acto
resolutivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 32185, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Decreto
Supremo N° 004-2014-MINEDU que crea el Programa Nacional de Infraestructura
Educativa; y en el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo
1.- Aprobar la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales
Educativos para el Año 2025”, que en Anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo
2.- Disponer la publicación de la
presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución
en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación
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