google.com, pub-7615684751774636, DIRECT, f08c47fec0942fa0 Precisiones sobre el Certificado de Salud Física y Mental | RECURSOS MINEDU
TOP

Precisiones sobre el Certificado de Salud Física y Mental

 


Lima, 10 de enero de 2025

OFICIO MÚLTIPLE N.º 00006-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD

Señores:

DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN

DIRECTORES DE UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL

Presente.-

ASUNTO: Precisiones en el marco del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2024.

REFERENCIA: Resolución Viceministerial N° 037-2024-MINEDU

Resolución Viceministerial N° 103-2024-MINEDU

De mi consideración

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes en el marco del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2024, regulado por la norma técnica aprobada mediante la Resolución Viceministerial N° 037-2024-MINEDU (en adelante, la norma técnica). En este contexto, se considera necesario precisar aspectos relacionados con la presentación del certificado y/o constancia original de salud física y mental.

De acuerdo con el cronograma de actividades del citado concurso, los postulantes adjudicados deben presentar sus documentos que acrediten requisitos generales y específicos entre el 28 de enero y el 6 de febrero de 2025. En ese mismo periodo, el Comité de Adjudicación de la UGEL o DRE revisará la documentación presentada por los adjudicados para acreditar los requisitos, con el fin de emitir posteriormente las resoluciones de nombramiento dentro del plazo establecido en el cronograma.

En esa línea, el numeral 5.4.11.1 de la norma técnica establece los documentos que los postulantes adjudicados deben presentar, entre ellos, la constancia y/o certificado original de salud física y mental, expedido por una IPRESS pública, privada o mixta. El certificado de salud mental debe ser emitido por un médico psiquiatra de una IPRESS pública, privada o mixta. En ausencia de este, puede ser expedido por un médico cirujano colegiado o un psicólogo que preste servicios en la mencionada institución.

En ese marco, considerando el número significativo de plazas vacantes a nivel nacional por coberturar, y que el plazo previsto para que los docentes adjudicados presenten dichos documentos podría nos ser suficiente; se ha previsto que, excepcionalmente, dichos documentos puedan ser presentados hasta el 28 de febrero de 2025, sin perjuicio de la emisión de las resoluciones de nombramiento dentro del plazo estipulado en el cronograma, lo que se informa a fin de que sus despachos adopten las acciones necesarias para el cumplimiento de lo antes señalado.

Finalmente, precisar que, en caso de incumplimiento en la presentación de dichos documentos en el plazo previsto por parte del adjudicado, se deberá emitir el acto resolutivo correspondiente dejando sin efecto la resolución de nombramiento por incumplimiento en la acreditación de los requisitos generales y específicos.

OFICIO MÚLTIPLE N.º 00006-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD


0 comments:

Publicar un comentario