LEY Nº 32238
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE
PROMUEVE LA UNIDAD FAMILIAR
EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL,
MODIFICANDO EL ARTÍCULO 68 DE LA
LEY 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL
Artículo 1. Modificación del artículo 68 de
la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial
Se modifica el
artículo 68 de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, quedando redactado del
siguiente modo:
“[…]
Artículo
68. Causales de reasignación
Las causales de
reasignación son:
a) Por razones de
salud
b) Por interés
personal
c) Por unidad
familiar
d) Por
racionalización
e) Por situaciones
de emergencia
En el caso
regulado en el literal b) el solicitante debe acreditar como mínimo 3 años de
servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos. En el
supuesto regulado en el literal c), el solicitante debe acreditar como mínimo 1
año de servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos.
La causal prevista
en el literal c) priorizará la reasignación a plazas ubicadas en regiones
distintas a la de origen, atendiendo a criterios de necesidad familiar.
El reglamento de
la presente ley establece los procedimientos para la reasignación.
[…]”.
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA
FINAL
ÚNICA. El Ministerio de Educación adecuará
el Reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, conforme a la
modificación de la presente ley, en un plazo máximo de treinta (30) días,
contados a partir del día siguiente de su publicación.
Comuníquese a la
señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los
dieciséis días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro.
EDUARDO SALHUANA
CAVIDES
Presidente del
Congreso de la República
CARMEN PATRICIA
JUÁREZ GALLEGOS
Primera
Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
nueve días del mes de enero del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
2360745-2
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