Decreto Supremo que aprueba la Norma que regula el
procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación y renovación de
profesores en el servicio docente en educación básica y técnico-productiva, en
el marco de la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y
dicta otras disposiciones
DECRETO SUPREMO Nº 002-2025-MINEDU
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, según lo señalado por el artículo 79 de la Ley Nº
28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del
Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal h) del
artículo 80 de la Ley General de Educación, es función del Ministerio de
Educación, definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma
Magisterial, dispone que las plazas vacantes existentes en las instituciones
educativas públicas no cubiertas por nombramiento son atendidas vía concurso
público de contratación docente;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30328, Ley que establece
medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, señala que el
Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley de Reforma Magisterial, tiene
por finalidad permitir la contratación temporal del profesorado en instituciones
educativas públicas de educación básica y técnico productiva. Asimismo,
establece que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de
Educación, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones, para las
contrataciones en el marco del Contrato de Servicio Docente, así como las
características para la renovación del mismo;
Que, bajo ese marco normativo, a través del Decreto Supremo
Nº 020-2023-MINEDU, se aprueba la “Norma que regula el procedimiento,
requisitos y condiciones para la contratación de profesores y su renovación del
Contrato de Servicio Docente en Educación Básica y Técnico-Productiva, en el
marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y
dicta otras disposiciones”;
Que, con la finalidad de actualizar el procedimiento, los
requisitos y las condiciones para las contrataciones en el marco del Contrato
de Servicio Docente y resolver situaciones identificadas durante el desarrollo
del proceso de contratación docente, resulta necesario aprobar una nueva norma
que regule dichos aspectos;
Que, en virtud al numeral 18 del inciso 28.1 del artículo
28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de
Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la
aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto
Supremo Nº 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance
del AIR Ex Ante, toda vez que no comporta la incorporación o modificación de
reglas, prohibiciones, limitaciones, obligaciones, condiciones, requisitos,
responsabilidades o cualquier exigencia que genere o implique variación de
costos en su cumplimiento por parte de empresas, ciudadanos o sociedad civil,
que limite el otorgamiento o reconocimiento de derechos para el óptimo
desarrollo de actividades económicas y sociales que contribuyen al desarrollo
integral, sostenible y al bienestar social. Asimismo, el presente Decreto
Supremo no desarrolla procedimientos administrativos bajo el alcance del
Análisis de Calidad Regulatoria (ACR), por lo que no requiere realizar ACR Ex
Ante previo a su aprobación;
De conformidad con lo dispuesto por la Constitución
Política del Perú, en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la
Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, en
la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma
Magisterial y en la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia
educativa y dicta otras disposiciones;
DECRETA:
Artículo 1.-
Aprobación de la Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones
para la contratación y renovación de profesores en el servicio docente en
educación básica y técnico-productiva, en el marco de la Ley Nº 30328, Ley que
establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones.
Aprobar la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y
condiciones para la contratación y renovación de profesores en el servicio
docente en educación básica y técnico-productiva, en el marco de la Ley Nº
30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras
disposiciones”, la misma que como anexo forma parte integrante del presente
Decreto Supremo.
Artículo 2.-
Publicación
El presente Decreto Supremo y su anexo son publicados en el
Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital
del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma fecha de
publicación del presente Decreto Supremo en el diario oficial “El Peruano”.
Artículo 3.-
Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro
de Educación.
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Aprobación
de Disposiciones Complementarias
El Ministerio de Educación aprueba las disposiciones
complementarias que sean necesarias para la implementación de la norma aprobada
por el artículo 1 del presente Decreto Supremo.
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Derogación
del Decreto Supremo Nº 020-
2023-MINEDU
Derogar el Decreto Supremo Nº 020-2023-MINEDU que aprueba
la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la
contratación de profesores y su renovación del Contrato de Servicio Docente en
Educación Básica y Técnico-Productiva, en el marco de la Ley Nº 30328, Ley que
establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones”.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del
mes de febrero del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación
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