Modifican la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”
Resolución Viceministerial N° 075-2025-MINEDU
Lima, 18 de julio de 2025
VISTOS, el Expediente N° DITEN2025-INT-0526590, los informes N° 00789-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y N° 00926-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 01133-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01012-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N°28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley General de Educación, es función del Ministerio de Educación, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, conforme con el artículo 90 de la referida Ley, la eficiencia en el gasto en educación implica, entre otros aspectos, la adecuada racionalización de los recursos humanos que implica su ubicación y distribución en el territorio nacional conforme a las necesidades del servicio educativo;
Que, el artículo 75 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el Ministerio de Educación dicta las normas aplicables al proceso de racionalización, el cual está a cargo de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e instituciones educativas, según corresponda, debiendo identificar excedencias y necesidades de plazas de personal docente de las instituciones educativas, buscando equilibrar la oferta y demanda educativa;
Que, el numeral 201.1 del artículo 201 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, establece que el proceso de racionalización de plazas es un proceso permanente, obligatorio y prioritario que está orientado a identificar excedencias y necesidades de plazas en las instituciones educativas, buscando equilibrar la oferta y la demanda educativa, con un criterio de flexibilidad, en función a la realidad geográfica, socioeconómica y demográfica; a las condiciones y necesidades pedagógicas; y a las limitaciones de la infraestructura educativa y recursos humanos. Asimismo, el numeral 201.2 del citado artículo, señala que el proceso de racionalización de plazas se realiza anualmente, de acuerdo con las disposiciones normativas que establece el Ministerio de Educación;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 071-2024-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”, la cual tiene como objetivo regular el proceso de racionalización con la finalidad de reordenar y optimizar la asignación de los recursos humanos (plazas tipo docentes y auxiliares de educación) y presupuestales en y entre instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico - Productiva, en función a sus metas de atención;
Que, bajo el marco normativo antes expuesto, mediante el Oficio N° 01374-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00789-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, complementado con el Informe N° 00926-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborados por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, a través de los cuales se sustenta la necesidad de modificar e incorporar algunos numerales a la Norma Técnica aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 071-2024-MINEDU, con la finalidad de modificar e incorporar disposiciones que mejoren los procedimientos y acciones a realizar por parte de las Comisiones de Racionalización de las Direcciones Regionales de Educación o Gerencias Regionales de Educación o la que haga sus veces (CORA DRE/GRE) y de las Comisiones de Racionalización de las Unidades de Gestión Educativa Local (CORA UGEL) como parte del proceso de racionalización, en el marco de la Ley de Reforma Magisterial;
Que, asimismo, se advierte que la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA) y de la Dirección General de Servicios Educativos Especiales (DIGESE);
Que, mediante Informe N° 01133-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica considera que es técnicamente viable continuar con el trámite de aprobación de la propuesta; por cuanto, resulta concordante con los instrumentos de planificación estratégica e institucional del Sector Educación y su aprobación e implementación no irrogaría gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación ni al Tesoro Público;
Que, con Informe Nº 01012-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU, se delegó en el Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el numeral 2; el literal f) del numeral 5.1; el Cuadro 01 del numeral 5.2; el Cuadro 02 del literal a) del numeral 5.3; el numeral 5.4.3; el literal i) del numeral 5.4.5; el literal c) y d) del numeral 5.5; los numerales 5.10.5; 5.10.6; 5.10.10; 5.10.11; 5.11.1.4; 5.11.3.1; 5.11.3.3; 5.11.3.5; 5.11.3.9; 5.11.3.26; 5.11.4; 5.11.4.3; 5.11.4.5; 5.11.4.7; 5.11.5.1; el Cuadro 07 del literal a) del numeral 5.12.2; los literales e), f), y g) del numeral 5.12.3; los numerales 7.9; 7.10; 7.11; y 7.12 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 071-2024-MINEDU, los mismos que, como Anexo 1, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Incorporar el literal d) al numeral 5.3; los literales i) y j) al numeral 5.4.6; los numerales 5.10.12; 5.11.3.27; 5.11.4.9; 5.11.5.4, el literal c) al numeral 6.4; los numerales 7.15; 7.16; y 7.17 a la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”, aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 071-2024-MINEDU, los mismos que, como Anexo 2, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra de Gestión Pedagógica
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