google.com, pub-7615684751774636, DIRECT, f08c47fec0942fa0 Cronograma del Proceso de Encargatura 2026 | RECURSOS MINEDU
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Cronograma del Proceso de Encargatura 2026

 


3. Sobre el cronograma del proceso de encargatura 2026.

El numeral 5.4 de la norma técnica establece que: “La Dirección General de Desarrollo Docente, previo informe de la DITEN, traslada a las DRE una propuesta del cronograma de actividades; luego mediante acto resolutivo las DRE aprueban el cronograma regional y lo difunden a las UGEL que pertenecen a su ámbito regional, teniendo en cuenta el mes establecido para el desarrollo de cada etapa del proceso de encargatura descrito en el numeral 5.2 de la presente norma técnica”.

En esa línea, se les remite las propuestas de cronograma, los mismos que contienen las actividades del procedimiento de encargatura, a fin de la DRE o la que hagas sus veces, los aprueben, hasta el día 03 de octubre de 2025, debiendo notificar el acto resolutivo que aprueba el cronograma a las UGEL de sus jurisdicciones, para que procedan con su publicación, a través de los medios de comunicación masiva, garantizando la transparencia y derecho de participación en dicho proceso. Se les precisa que, para la cobertura del cargo de director de UGEL, deberán aprobar un cronograma especial, Asimismo, se les solicita remitir al sectorista normativo de la DITEN las citadas resoluciones.

4. Sobre la encargatura de funciones y encargo en IIEE por convenio y otras.

La norma técnica establece en el literal b) del numeral 6.5.1 y el literal e) del numeral 6.5.2 sobre el procedimiento de encargo de funciones y al encargo de puesto en II.EE por convenio y administradas por otro sector e instituciones del Estado (Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, entre otros) está a cargo del Jefe de Recursos Humanos o quien haga sus veces de la UGEL/DRE, quien verifica el cumplimiento de requisitos y la propuesta para su cobertura. Se les precisa que, el encargo en instituciones educativas por convenio se realiza en los plazos establecidos para la segunda y tercera etapa del proceso de encargatura, mientras que, el encargo de funciones se realiza una vez culminada la tercera etapa, siendo fecha límite para la encargatura de funciones hasta el 29 de diciembre del presente año.

Considerando lo antes señalado, se dispone que las UGEL y los miembros del comité de encargatura deben cumplir estrictamente con las funciones conforme a lo establecido en la norma técnica que regula el proceso de encargatura, así como sujetarse de manera obligatoria a los plazos previstos en el presente documento y en el cronograma correspondiente. Por lo expuesto, se les exhorta a adoptar de manera inmediata las acciones que correspondan, dentro del marco de sus competencias, a fin de garantizar la correcta implementación del proceso de encargatura 2026, debiendo el citado proceso desarrollarse con absoluta transparencia, asegurando la participación efectiva y en igualdad de condiciones de todos los postulantes, en estricto cumplimiento de la normativa vigente y bajo los principios de legalidad, meritocracia y responsabilidad administrativa. Sin otro en particular, hago propicia la oportunidad para expresarles los sentimientos de mi especial consideración.


OFICIO MÚLTIPLE N.º 00105-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD

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