Aprueban norma técnica denominada “Procedimientos y acciones para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa”, y dictan otras disposiciones
Resolución
Viceministerial Nº 121-2025-MINEDU
Lima,
3 de noviembre de 2025
VISTOS,
el Expediente Nº DITEN2025-INT-0881414, el Informe Nº
01430-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de
Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº
01972-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº
01674-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que,
conforme con lo dispuesto por el artículo 16 de la Constitución Política del
Perú, el Estado coordina la política educativa. Formula los lineamientos
generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la
organización de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad
de la educación;
Que,
el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la
conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el
literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la
citada Ley, son sus funciones rectoras y técnico-normativas formular, planear,
dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y
sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así
como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de
competencia, respectivamente;
Que,
el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que el
Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por
finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y
deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que,
conforme con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044,
es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de
personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y
administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que,
asimismo, de acuerdo con el artículo 90 de la Ley Nº 28044, la eficiencia en el
gasto en educación implica, entre otros aspectos, la adecuada racionalización
de los recursos humanos que implica su distribución y ubicación en el
territorio nacional conforme a las necesidades del servicio educativo;
Que,
a través del artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU, se
aprueba la norma técnica denominada “Procedimientos para la elaboración y
aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones
educativas públicas del nivel de educación secundaria de Educación Básica
Regular y del ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa”;
Que,
mediante el Oficio Nº 02435-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de
Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el
Informe Nº 01430-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN elaborado por la Dirección
Técnico Normativa de Docentes, a través del cual se sustenta la necesidad de
aprobar la norma técnica denominada “Procedimientos y acciones para la
formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los Cuadros de
Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del
nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo
Avanzado de la Educación Básica Alternativa”; y, de derogar la norma técnica
aprobada por el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU;
Que,
la propuesta de norma técnica tiene como objetivo establecer los procedimientos
y acciones necesarias para la formulación, asignación, revisión, aprobación y
carga de los cuadros de distribución de horas pedagógicas del nivel de
Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la
Educación Básica Alternativa, elaborados en base al Currículo Nacional de la
Educación Básica y de acuerdo a la realidad de cada institución educativa para
acogerse a determinado plan de estudios;
Que,
la referida propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General
de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica
Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito
Rural, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y de la
Dirección General de Gestión Descentralizada;
Que,
a través del Informe Nº 01972-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica,
considera técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación de la
propuesta de norma técnica; por cuanto se encuentra alineada a los documentos
de planificación institucional y, en materia de presupuesto, no supone la
disposición de recursos adicionales para el Año Fiscal 2025 para el Pliego 010:
Ministerio de Educación y Pliegos Gobiernos Regionales;
Que,
con el Informe Nº 01674-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría
Jurídica opina que la aprobación de la propuesta de norma técnica, así como la
derogación de la norma técnica aprobada por el artículo 2 de la Resolución
Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU, resultan legalmente viables;
Que,
mediante el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº
008-2025-MINEDU, el Titular de la Entidad delega en la Viceministra de Gestión
Pedagógica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2025, la facultad
de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin
efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su
competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación;
De
conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, en la Ley Nº 28044, Ley General de
Educación, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de
las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo
1.- Aprobar la norma técnica denominada “Procedimientos y
acciones para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los
Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas
públicas del nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del
Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa”; la misma que, como anexo,
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo
2.- Derogar el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº
148-2023-MINEDU, que aprueba la norma técnica denominada “Procedimientos para
la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en
las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de
Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa”.
Artículo
3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su
anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la
sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de
la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
María
Esther Cuadros Espinoza

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