Aprueban la “Norma Técnica para el Año Escolar
en las Instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación
Básica para el año 2025”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 556-2024-MINEDU
Lima, 5 de noviembre de 2024
VISTOS, el Expediente N° DIGEBR2024-INT-0317691, el Informe
N° 00864-2024 MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborado de forma conjunta por la Dirección
General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Educación Básica
Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito
Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la
Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Gestión
Descentralizada, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la
Dirección de Innovación Tecnológica en Educación y la Oficina de Defensa
Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe N°
02123-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N°
01487-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 28044, Ley General de
Educación (en adelante, Ley N° 28044) establece que la educación es un derecho
fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio
del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la
universalización de la educación básica;
Que, según lo
dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, el Ministerio de Educación es
el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir, y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, el artículo 2
del Reglamento de la Ley N° 28044, aprobado por el Decreto Supremo N°
011-2012-ED y modificado por el Decreto Supremo N° 007-2021-MINEDU, dispone que
el derecho a la educación está referido a la disponibilidad, al acceso a una
educación de calidad, a la permanencia en el sistema educativo y alcanzar
aprendizajes que le permitan a la persona y a la sociedad enfrentar los retos
del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo a lo largo
de toda la vida. En correspondencia con estos derechos, el Estado tiene la
obligación de asegurar que el servicio educativo cumpla con las condiciones de
asequibilidad, accesibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad. Para tal efecto,
el Ministerio de Educación determina el conjunto de factores, procesos e
insumos que garantizan el derecho a la educación;
Que, en el marco
de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación
Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el
Informe N° 00864-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborado de forma conjunta con la
Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de
Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios
Educativos Especializados, la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección
General de Calidad de la Gestión Escolar, la Dirección General de Gestión
Descentralizada, la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación y la
Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres; a través del
cual se propone y sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada
“Norma Técnica para el Año Escolar en las Instituciones y programas educativos
públicos y privados de la Educación Básica para el año 2025” (en adelante,
propuesta);
Que, la propuesta tiene como objetivo brindar orientaciones
a las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación
Básica, para que, desde su rol y autonomía, en el marco de la política
educativa, y considerando los diferentes contextos desde un enfoque territorial,
implementen acciones durante el año escolar, que favorezcan el desarrollo de
competencias en los estudiantes, su bienestar socioemocional y la culminación
oportuna de su escolaridad;
Que, mediante el
Informe N° 02123-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y
Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto,
dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión
favorable, señalando que la propuesta se encuentra alineada con los objetivos y
acciones estratégicas e institucionales del sector Educación; y desde el punto
de vista presupuestal, su implementación estará sujeto a los créditos
presupuestarios que le sean asignados a las unidades operativas involucradas
para tal fin en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación,
correspondiente a lo indicado en el Proyecto de Ley N° 8758/2024-PE, Proyecto
de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y según las
disposiciones contempladas en la Ley Anual de Presupuesto para el Año Fiscal
2025, sin irrogar gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación; y, en el
caso de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, la implementación
se encontrará sujeta a la disponibilidad presupuestal de cada Gobierno
Regional, sin demandar recursos adicionales al Pliego 010: M. de Educación;
Que, a través del Informe N° 01487-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la
Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la
propuesta normativa;
De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de
Educación; el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, aprobado
por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo
1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma
Técnica para el Año Escolar en las Instituciones y programas educativos
públicos y privados de la Educación Básica para el año 2025”, la misma que,
como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo
2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación
(SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
0 comments: