Aprueban la “Norma Técnica para el Año Escolar en las
Instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica
para el año 2025”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 556-2024-MINEDU
Lima, 5 de noviembre de 2024
VISTOS, el Expediente N°
DIGEBR2024-INT-0317691, el Informe N° 00864-2024 MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborado
de forma conjunta por la Dirección General de Educación Básica Regular, la
Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de
Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios
Educativos Especializados, la Dirección General de Desarrollo Docente, la
Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección General de Calidad
de la Gestión Escolar, la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación y la
Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe N°
02123-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N°
01487-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 28044, Ley
General de Educación (en adelante, Ley N° 28044) establece que la educación es
un derecho fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el
ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la
universalización de la educación básica;
Que, según
lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley N° 28044, el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir, y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, el
artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 28044, aprobado por el Decreto Supremo
N° 011-2012-ED y modificado por el Decreto Supremo N° 007-2021-MINEDU, dispone
que el derecho a la educación está referido a la disponibilidad, al acceso a
una educación de calidad, a la permanencia en el sistema educativo y alcanzar
aprendizajes que le permitan a la persona y a la sociedad enfrentar los retos
del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo a lo largo
de toda la vida. En correspondencia con estos derechos, el Estado tiene la
obligación de asegurar que el servicio educativo cumpla con las condiciones de
asequibilidad, accesibilidad, adaptabilidad y aceptabilidad. Para tal efecto,
el Ministerio de Educación determina el conjunto de factores, procesos e
insumos que garantizan el derecho a la educación;
Que, en el
marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de
Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica el Informe N° 00864-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborado de forma
conjunta con la Dirección General de Educación Básica Alternativa,
Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la
Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General
de Desarrollo Docente, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, la
Dirección General de Gestión Descentralizada, la Dirección de Innovación
Tecnológica en Educación y la Oficina de Defensa Nacional y de Gestión del
Riesgo de Desastres; a través del cual se propone y sustenta la necesidad de
aprobar la Norma Técnica denominada “Norma Técnica para el Año Escolar en las
Instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica
para el año 2025” (en adelante, propuesta);
Que, la propuesta tiene como objetivo brindar
orientaciones a las instituciones y programas educativos públicos y privados de
la Educación Básica, para que, desde su rol y autonomía, en el marco de la
política educativa, y considerando los diferentes contextos desde un enfoque
territorial, implementen acciones durante el año escolar, que favorezcan el
desarrollo de competencias en los estudiantes, su bienestar socioemocional y la
culminación oportuna de su escolaridad;
Que,
mediante el Informe N° 02123-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite
opinión favorable, señalando que la propuesta se encuentra alineada con los
objetivos y acciones estratégicas e institucionales del sector Educación; y desde
el punto de vista presupuestal, su implementación estará sujeto a los créditos
presupuestarios que le sean asignados a las unidades operativas involucradas
para tal fin en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación,
correspondiente a lo indicado en el Proyecto de Ley N° 8758/2024-PE, Proyecto
de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y según las
disposiciones contempladas en la Ley Anual de Presupuesto para el Año Fiscal
2025, sin irrogar gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación; y, en el
caso de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, la implementación
se encontrará sujeta a la disponibilidad presupuestal de cada Gobierno
Regional, sin demandar recursos adicionales al Pliego 010: M. de Educación;
Que, a través del Informe N°
01487-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable a la propuesta normativa;
De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley
General de Educación; el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de
Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED; y el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto
Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica
denominada “Norma Técnica para el Año Escolar en las Instituciones y programas
educativos públicos y privados de la Educación Básica para el año 2025”, la
misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
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