Convocan
al Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en
Educación en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada 2025-2026, en
el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial; y dictan otras disposiciones
Resolución
Viceministerial N° 086-2025-MINEDU
Lima,
29 de agosto de 2025
VISTOS,
el Expediente N° DIED2025-INT-0606096, el Informe N°
01654-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la
Dirección General de Desarrollo Docente, el Oficio N°
02196-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD de la Dirección General de Desarrollo Docente, el
Informe N° 01608-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y
Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el
Informe N° 01310-2025-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio N° 00444-2025-MINEDU/SG-OGAJ
de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que,
el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la
conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el
literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la
citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear,
dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y
sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así
como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de
competencia, respectivamente;
Que,
el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el
Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por
finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y
deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que,
según lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es
función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de
personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y
administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que,
el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el
Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación
docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en
coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando
su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que,
de conformidad con el artículo 32 de la Ley de Reforma Magisterial, el
Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, convoca
a concursos para el acceso a cargos, cada dos años, los que se implementan en
forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones técnicas y
criterios de buen desempeño exigibles para cada cargo;
Que
el artículo 33 de la citada Ley, modificado por el artículo 2 de la Ley N°
30541, establece que el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de
desempeño laboral por concurso y por el periodo de cuatro años;
Que,
conforme con lo dispuesto por los literales b), c) y d) del artículo 35 de la
Ley de Reforma Magisterial, el Área de Gestión Institucional comprende los
cargos de Director de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación
y Jefe de Gestión Pedagógica de la Unidad de Gestión Educativa Local;
Especialista en Educación de la Dirección Regional de Educación y de la Unidad
de Gestión Educativa Local, respectivamente; y, Directivos de Institución
Educativa; cargos a los que se acceden por concurso público;
Que,
los numerales 57.3 y 57.4 del artículo 57 del Reglamento de la Ley de Reforma
Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED, establecen que el
Ministerio de Educación de manera coordinada entre sus Direcciones y las otras
instancias de gestión educativa descentralizada, determina los criterios e
indicadores para la evaluación con fines de acceso a cada cargo; y, en
coordinación con los Gobiernos Regionales, emite las normas específicas para
cada concurso de acceso a cargos;
Que,
el artículo 59 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, establece que
los cargos del Área de Desempeño Laboral son designados previo concurso, de
acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Educación;
Que,
en el marco de la disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General
de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica
el Informe N° 01654-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de
Evaluación Docente, complementado con el Oficio N°
02196-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, de la citada Dirección General; a través de los
cuales se propone y sustenta la necesidad de: i) aprobar la Norma Técnica
denominada “Norma que regula el Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos
y de Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la
Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial” (en adelante, Norma Técnica); y, ii)
convocar al Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas
en Educación en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada 2025-2026,
en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial;
Que,
la Norma Técnica tiene como objetivo establecer los requisitos, impedimentos,
criterios y procedimientos técnicos para la organización, implementación y
ejecución del Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas
en Educación 2025-2026;
Que,
asimismo, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la
Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General
de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Servicios
Educativos Especializados (DIGESE), de la Dirección General de Educación Básica
Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural
(DIGEIBIRA), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de
la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y
Artística (DIGETSUPA), y de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN),
de la Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS), de la Dirección de
Formación Inicial Docente (DIFOID) y de la Dirección de Promoción del Bienestar
y Reconocimiento Docente (DIBRED) dependientes de la Dirección General de
Desarrollo Docente (DIGEDD);
Que,
a través del Informe N° 01608-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite
opinión favorable a la propuesta, en tanto que en materia de planificación se
encuentra alineada con las orientaciones y objetivos estratégicos e
institucionales del sector Educación; y en materia presupuestal, no irrogará
gastos adicionales a los programados en el Presupuesto Institucional del Pliego
010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2025; asimismo precisa que
la disponibilidad presupuestal para el Año Fiscal 2026, dependerá de la
asignación de recursos a favor del Pliego 010: M. de Educación, conforme al
numeral 12.1 del artículo 12 de la Directiva N° 0002-2024-EF/50.01 y el
artículo 12 de la Directiva N° 0005-2025-EF/53.01; y para los años
subsiguientes dependerá de la normativa presupuestaria vigente;
Que,
mediante el Informe N° 01310-2025-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio N°
00444-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable respecto de la propuesta normativa;
Que,
de acuerdo con el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N°
008-2025-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del
Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y
aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los
Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su
competencia, conforme con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación;
De
conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación; Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial, el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial,
aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED, el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución
Ministerial N° 008-2025-MINEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo
1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el
Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas en Educación
en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada 2025-2026, en el marco
de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo
2.- Convocar al Concurso Público de Acceso a Cargos Directivos
y de Especialistas en Educación en las Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la
Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
Artículo
3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su
anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la
sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de
la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
MARÍA
ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra
de Gestión Pedagógica
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