Disponen publicación de
proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 28628, Ley
que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las
instituciones educativas públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2006-ED
y de su exposición de motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 391-2025-MINEDU
Lima, 9 de setiembre de 2025
VISTOS, el Expediente Nº DIGE2025-INT-0681146, el Informe Nº
00210-2025-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE de la Dirección de Gestión Escolar de la
Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe Nº
01312-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la
Constitución Política del Perú, los padres de familia tienen el derecho de
participar en el proceso educativo de sus hijos;
Que, conforme a lo previsto en el artículo 79 de la Ley N° 28044,
Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno
Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de
educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del
Estado;
Que, conforme con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Nº
28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia
en las instituciones educativas públicas, su objeto es regular la participación
de los padres de familia y de sus asociaciones en las instituciones educativas
públicas y en otros niveles de la gestión del sistema educativo, con el fin de
contribuir a la mejora de la calidad educativa;
Que, en ese sentido, de acuerdo con el artículo 1 del Reglamento
de la Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de los padres de familia en
las instituciones educativas públicas, aprobado por el Decreto Supremo N°
004-2006-ED, el referido Reglamento establece las normas que rigen la
participación de los padres de familia, tutores y curadores en el proceso
educativo de sus hijos, así como la constitución, organización y funcionamiento
de las Asociaciones de Padres de Familia de las instituciones educativas
públicas;
Que, el numeral
19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre
publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y
proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, entre
otros aspectos, dispone que los proyectos de normas jurídicas de carácter
general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la
Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su
debida difusión y fácil acceso;
Que, aunado a
ello, el numeral 21.1 del artículo 21 del citado Reglamento prevé que la
publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial
o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se
publica en el diario oficial. El proyecto normativo y la exposición de motivos
se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública;
Que, a través del Informe Nº 00210-2025-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE,
elaborado por la Dirección de Gestión Escolar, unidad orgánica de la Dirección
General de Calidad de la Gestión Escolar, se sustenta la necesidad de publicar
el proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 28628,
Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las
instituciones educativas públicas, aprobado por Decreto Supremo N°
004-2006-ED”, por un plazo de quince (15) días calendario, a fin de recibir los
comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, y de la
ciudadanía en general;
Que, a través del Informe Nº 01312-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina
General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable para la publicación
del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 28628,
Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las
instituciones educativas públicas, aprobado por Decreto Supremo N°
004-2006-ED”;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley
General de Educación; la Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las
asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas, y
su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2006-ED; el Reglamento
que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de
carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 009-2024-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo
1.- Disponer la publicación en la sede
digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) del proyecto de Decreto
Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 28628, Ley que regula la
participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones
educativas públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2006-ED y de su
exposición de motivos que, como anexo I, forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo
2.- Establecer el plazo de quince (15)
días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la
presente Resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las
entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general.
Artículo
3.- Disponer que los comentarios,
aportes u opiniones al proyecto normativo deben ser formulados utilizando el
“Formato de Observaciones, Consultas y/o Recomendaciones”, que, como anexo II,
forma parte integrante de la presente Resolución, y deben ser remitidos a la
dirección electrónica apoyogestion3@minedu.gob.pe.
Artículo
4.- Encargar a la Dirección de Gestión
Escolar de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar la recepción,
procesamiento, sistematización y evaluación de los comentarios, aportes u
opiniones que se presenten al proyecto normativo señalado en el artículo 1 de
la presente Resolución.
Artículo
5.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.

0 comments: