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Preguntas frecuentes sobre los requisitos, subsanación y el informe escalafonario

 


REASIGNACIÓN DOCENTE

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE REQUISITOS, SUBSANACIÓN Y EL INFORME ESCALAFONARIO

1.    ¿La solicitud de reasignación debe ser simple o seguir un formato?

La solicitud debe presentarse utilizando el FUT o el formato que establezca la UGEL o DRE según corresponda, adjuntando la documentación sustentatoria.

 

2.    ¿El acta de nacimiento debe estar legalizada?

No se establece que el acta de nacimiento sea legalizada; por ello, solo se presenta una copia simple.

 

3.    ¿El domicilio consignado en el DNI debe coincidir con el lugar donde se solicita la reasignación?

No. El domicilio consignado en el DNI no necesita coincidir con el lugar al que solicita la reasignación.

 

4.    ¿Cómo se acredita la unión de hecho?

La unión de hecho se acredita mediante resolución judicial o escritura pública.

5.    ¿Dónde se encuentran los anexos necesarios para postular?

Los anexos que deben ser llenados y adjuntados al expediente en el momento de la postulación pueden descargarse en el siguiente enlace:

https://www.minedu.gob.pe/reforma-magisterial/reasignacion.php.

 

6.    ¿Una tercera persona puede presentar los documentos en nombre del postulante?

Sí. Una tercera persona en representación del postulante puede presentar los documentos en mesa de partes de la UGEL. En caso de participar en la adjudicación en nombre del postulante, deberá acreditarse mediante una carta

poder simple, la cual deberá presentar al comité.

7.    ¿Quién debe firmar la declaración jurada en caso de unidad familiar por hijo menor de edad?

La declaración jurada debe ser firmada por el representante legal del menor. En la mayoría de los casos, esto corresponde al padre o madre del menor de edad.

8.    ¿Puede subsanarse documentación observada?

Sí. Los documentos observados pueden ser subsanados dentro de los plazos establecidos en el cronograma y conforme a las disposiciones de la norma técnica.

 

9.    ¿En la etapa de reclamos se pueden presentar nuevos documentos?

En la etapa de reclamos solo pueden presentarse documentos que

sustenten el reclamo formulado. No se admitirán documentos destinados a acreditar el cumplimiento de requisitos que no fueron presentados al momento de la inscripción.

 

10.                   ¿Es obligatorio solicitar el informe escalafonario?

Sí. El informe escalafonario constituye un documento obligatorio para la postulación, con excepción de los postulantes a la etapa UGEL.

11.                   ¿EI informe escalafonario debe indicar expresamente que es para reasignación?

 

Sí. Se recomienda que el informe escalafonario precise que es emitido para el proceso de reasignación docente por la causal invocada en su solicitud.

12.                   ¿Puede el área de escalafón negar el informe si considera que no cumplo con los requisitos?

No, el área de escalafón no puede negarse a emitir el citado documento. La revisión del cumplimiento de los requisitos es una actividad que le corresponde únicamente al comité de reasignación docente.

 

13.                   ¿Cuánto tiempo tiene la UGEL para emitir el informe escalafonario?

La emisión del informe escalafonario debe ser inmediata. Sin embargo, dependiendo del número de postulantes en la UGEL, el plazo para emitirlo puede extenderse. 

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