google.com, pub-7615684751774636, DIRECT, f08c47fec0942fa0 Modifican los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación 2026 | RECURSOS MINEDU
TOP

Modifican los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación 2026

 


Modifican el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 369-2026-MINEDU

Lima, 7 de julio del 2026

VISTO, los documentos que conforman el Expediente Nº DEIB2026-INT-0604598; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el segundo párrafo de la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el Sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos, concursos y actividades a realizarse durante el año 2026, así como la condición y cantidad de participantes por cada uno de estos;

Que, asimismo, el tercer párrafo de la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, dispone que, los viáticos que se otorguen en el marco de lo establecido en párrafo anterior, se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 136-2026-MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU, Nº 229-2026-MINEDU, Nº 323-2026-MINEDU y Nº 356-2026-MINEDU, se aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación;

Que, mediante el Informe Nº 00109-2026-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB; la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (DEIB) de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA) del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, sustenta la necesidad de modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU y modificatorias, a fin de incluir el evento denominado: “Taller de capacitación y fortalecimiento de capacidades de los evaluadores del dominio oral de la lengua indígena u originaria y comités de evaluación – EDLO 2026”, a desarrollarse en veintitrés (23) sedes a nivel nacional, a ser organizado y ejecutado por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026; por lo que remite el detalle del mismo, así como la condición y cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos, con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513;

Que, mediante el Informe Nº 01291-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión técnica favorable respecto a la propuesta de modificación de la Resolución Ministerial, toda vez que el evento señalado por la DEIB guarda congruencia con los instrumentos de planificación estratégica e institucional del sector Educación; y, en materia presupuestal, para financiar los gastos que irrogará su implementación, la DEIB cuenta con los créditos suficientes y disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación correspondiente al Año Fiscal 2026, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, a través del Informe Nº 01035-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal efectuado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de Visto, emite opinión legal favorable en torno a la propuesta de acto resolutivo sustentada por la DEIB, que constituye una modificatoria al Anexo de la Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 136-2026-MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU, Nº 229-2026-MINEDU, Nº 323-2026-MINEDU y Nº 356-2026-MINEDU;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y, el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 136-2026-MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU, Nº 229-2026-MINEDU, Nº 323-2026-MINEDU y Nº 356-2026-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Las demás disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 087-2026- MINEDU y modificatorias, que no son objeto de modificación por la presente Resolución, quedan subsistentes y mantienen plena vigencia.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ALFONSO MARTICORENA MENDOZA

Ministro de Educación

 

0 comments:

Publicar un comentario