Modifican el Anexo de la Resolución Ministerial
Nº 087-2026-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los
concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados
y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 369-2026-MINEDU
Lima, 7 de julio del 2026
VISTO, los documentos que conforman el
Expediente Nº DEIB2026-INT-0604598; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el segundo párrafo de la Sétima
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2026, se autoriza al Ministerio de Educación,
con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al
Tesoro Público, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes
en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el
Sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben
ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los
eventos, concursos y actividades a realizarse durante el año 2026, así como la
condición y cantidad de participantes por cada uno de estos;
Que, asimismo, el tercer párrafo de la Sétima
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, dispone que, los viáticos
que se otorguen en el marco de lo establecido en párrafo anterior, se sujetan a
los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en
comisiones de servicios mediante el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, Decreto
Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de
servicios en el territorio nacional;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº
087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº
136-2026-MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU, Nº 229-2026-MINEDU, Nº 323-2026-MINEDU y
Nº 356-2026-MINEDU, se aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los
concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados
y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026, así como la
condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán
financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación;
Que, mediante el Informe Nº 00109-2026-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB;
la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (DEIB) de la Dirección General
de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios
Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA) del Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica, sustenta la necesidad de modificar el Anexo de la Resolución
Ministerial Nº 087-2026-MINEDU y modificatorias, a fin de incluir el evento
denominado: “Taller de capacitación y fortalecimiento de capacidades de los
evaluadores del dominio oral de la lengua indígena u originaria y comités de
evaluación – EDLO 2026”, a desarrollarse en veintitrés (23) sedes a nivel
nacional, a ser organizado y ejecutado por el Sector Educación durante el Año
Fiscal 2026; por lo que remite el detalle del mismo, así como la condición y
cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el
financiamiento de pasajes y viáticos, con cargo al Presupuesto Institucional
del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Sétima
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513;
Que, mediante el Informe Nº
01291-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de
Planificación Estratégica, emite opinión técnica favorable respecto a la
propuesta de modificación de la Resolución Ministerial, toda vez que el evento
señalado por la DEIB guarda congruencia con los instrumentos de planificación
estratégica e institucional del sector Educación; y, en materia presupuestal,
para financiar los gastos que irrogará su implementación, la DEIB cuenta con
los créditos suficientes y disponibles en el presupuesto institucional del
Pliego 010: M. de Educación correspondiente al Año Fiscal 2026, sin demandar
recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, a través del Informe Nº
01035-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco
del análisis legal efectuado y teniendo en cuenta la documentación que obra en
el expediente de Visto, emite opinión legal favorable en torno a la propuesta
de acto resolutivo sustentada por la DEIB, que constituye una modificatoria al
Anexo de la Resolución Ministerial Nº 087-2026-MINEDU, modificada por las
Resoluciones Ministeriales Nº 136-2026-MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU, Nº
229-2026-MINEDU, Nº 323-2026-MINEDU y Nº 356-2026-MINEDU;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el
Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación; y, el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF,
Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión
de servicios en el territorio nacional;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº
087-2026-MINEDU, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº
136-2026-MINEDU, Nº 195-2026-MINEDU, Nº 229-2026-MINEDU, Nº 323-2026-MINEDU y
Nº 356-2026-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los
concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados
y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2026, así como la
condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán
financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación; conforme
al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Las demás disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 087-2026-
MINEDU y modificatorias, que no son objeto de modificación por la presente
Resolución, quedan subsistentes y mantienen plena vigencia.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su
Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la
sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu),
el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial
“El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ALFONSO MARTICORENA MENDOZA
Ministro de Educación

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