google.com, pub-7615684751774636, DIRECT, f08c47fec0942fa0 RECURSOS MINEDU
TOP

Relación preliminar de Directivos de DRE y UGEL a ser evaluados

 


Evaluación del Desempeño de Directivos de DRE y UGEL 2025 - 2026

Esta evaluación es de carácter obligatorio y tiene por finalidad valorar la eficacia y eficiencia del directivo evaluado en el ejercicio del cargo en el que ha sido designado. Para ello, se recaba información que da cuenta de los resultados obtenidos durante el periodo de gestión en el que corresponde ser evaluado y las acciones que ha desplegado para la obtención de dichos resultados en la instancia de gestión educativa descentralizada (IGED).

Directivos evaluados

Relación preliminar

A continuación, se puede consultar la relación preliminar de los directivos que serán evaluados:

RELACIÓNPRELIMINAR:

TOP

Locales de Evaluación para Acceso a Cargos Directivos y de Especialistas

 


Locales de evaluación y recomendaciones para la prueba

La Prueba Nacional de este concurso se aplicará el domingo 16 de noviembre en los locales de evaluación habilitados a nivel nacional.

Consulte su local de evaluación en el siguiente aplicativo, tome nota de la ubicación, verifique el tiempo de traslado y la disponibilidad del transporte para llegar sin contratiempo el día de la prueba. El horario de ingreso será de 7:00 a 8:00 a. m.


CONSULTE SU LOCAL DE EVALUACIÓN


Recomendaciones para el día de la prueba
    • Asista puntualmente al local de evaluación asignado. Solo se permitirá el ingreso de los postulantes inscritos; no está autorizado el ingreso de acompañantes ni menores de edad.
    • Lleve únicamente su Documento Nacional de Identidad o carnet de extranjería. No se aceptará otro documento de identificación.
    • Al momento del ingreso y previo al control de identidad, si se requiere, podrá solicitar el resguardo de los siguientes objetos: celular, cuadernos, hojas de papel, carteras, maletines, mochilas, bolsas, entre otros similares.
    • Al ingresar al local, identifíquese ante el personal responsable. Una vez verificada su identidad y registrada la hora de ingreso, diríjase al aula asignada y permanezca en ella para rendir la prueba.
    • En el aula, ocupe el lugar asignado y siga todas las indicaciones del personal aplicador.
    • Verifique que el cuadernillo de la prueba y la ficha de respuestas contengan sus datos personales y correspondan al grupo de inscripción seleccionado.
    • Responda las preguntas de la prueba en la ficha de respuestas, utilizando el lápiz entregado, y dentro del tiempo programado para el desarrollo de la prueba.
    • Al finalizar la prueba, entregue la ficha de respuestas al aplicador.
    • Una vez finalizada su participación, debe retirarse del aula y del local de evaluación. Si desea llevarse el cuadernillo, espere las indicaciones del aplicador antes de hacerlo.

TOP

Norma para la Formulación y Aprobación de Cuadro de Horas Pedagógicas 2026

 


Aprueban norma técnica denominada “Procedimientos y acciones para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa”, y dictan otras disposiciones

Resolución Viceministerial Nº 121-2025-MINEDU

Lima, 3 de noviembre de 2025

VISTOS, el Expediente Nº DITEN2025-INT-0881414, el Informe Nº 01430-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 01972-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 01674-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo dispuesto por el artículo 16 de la Constitución Política del Perú, el Estado coordina la política educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 90 de la Ley Nº 28044, la eficiencia en el gasto en educación implica, entre otros aspectos, la adecuada racionalización de los recursos humanos que implica su distribución y ubicación en el territorio nacional conforme a las necesidades del servicio educativo;

Que, a través del artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU, se aprueba la norma técnica denominada “Procedimientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa”;

Que, mediante el Oficio Nº 02435-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 01430-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la norma técnica denominada “Procedimientos y acciones para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa”; y, de derogar la norma técnica aprobada por el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU;

Que, la propuesta de norma técnica tiene como objetivo establecer los procedimientos y acciones necesarias para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los cuadros de distribución de horas pedagógicas del nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa, elaborados en base al Currículo Nacional de la Educación Básica y de acuerdo a la realidad de cada institución educativa para acogerse a determinado plan de estudios;

Que, la referida propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y de la Dirección General de Gestión Descentralizada;

Que, a través del Informe Nº 01972-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de norma técnica; por cuanto se encuentra alineada a los documentos de planificación institucional y, en materia de presupuesto, no supone la disposición de recursos adicionales para el Año Fiscal 2025 para el Pliego 010: Ministerio de Educación y Pliegos Gobiernos Regionales;

Que, con el Informe Nº 01674-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación de la propuesta de norma técnica, así como la derogación de la norma técnica aprobada por el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU, resultan legalmente viables;

Que, mediante el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEDU, el Titular de la Entidad delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2025, la facultad de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la norma técnica denominada “Procedimientos y acciones para la formulación, asignación, revisión, aprobación y carga de los Cuadros de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa”; la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Derogar el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 148-2023-MINEDU, que aprueba la norma técnica denominada “Procedimientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

María Esther Cuadros Espinoza

Viceministra de Gestión Pedagógica

TOP

Cronograma de Evaluación de Desempeño de Directivos de DRE y UGEL

 


Evaluación del Desempeño de Directivos de DRE y UGEL 2025 - 2026

Esta evaluación es de carácter obligatorio y tiene por finalidad valorar la eficacia y eficiencia del directivo evaluado en el ejercicio del cargo en el que ha sido designado. Para ello, se recaba información que da cuenta de los resultados obtenidos durante el periodo de gestión en el que corresponde ser evaluado y las acciones que ha desplegado para la obtención de dichos resultados en la instancia de gestión educativa descentralizada (IGED).

Cronograma

A. Respecto al cargo de Director de Gestión Pedagógica de la DRE y Jefe de Gestión Pedagógica la UGEL

Actividad

Inicio

Fin

1.

Publicación de la relación preliminar de los directivos evaluados en el portal institucional del Minedu

 28/10/2025

 28/10/2025

2.

Presentación ante las DRE o UGEL de observaciones a la relación preliminar de los directivos evaluados

 28/10/2025

 30/10/2025

3.

Subsanación de observaciones presentadas a la relación preliminar de los directivos evaluados

 29/10/2025

 4/11/2025

4.

Publicación de la relación consolidada de los directivos evaluados en el portal institucional del Minedu

 5/11/2025

 5/11/2025

5.

Conformación de los Comités de Evaluación

 28/10/2025

 5/11/2025

6.

Aplicación de los instrumentos para el recojo de información a cargo de los Comités de Evaluación

 6/11/2025

20/01/2026

7.

Registro de la información correspondiente a la evaluación y de la calificación de los desempeños de los directivos evaluados a través del aplicativo dispuesto para tal fin en el portal institucional del Minedu

24/11/2025

20/01/2026

8.

Publicación de resultados preliminares en el aplicativo dispuesto para tal fin en el portal institucional del Minedu

27/01/2026

27/01/2026

9.

Presentación de reclamos ante el Minedu respecto de los resultados preliminares de la evaluación correspondientes a la dimensión Resultados de la gestión en el ejercicio del cargo

 28/01/2026

6/02/2026

10.

Presentación de reclamos ante el Comité de Evaluación respecto de los resultados preliminares de la evaluación correspondientes a la dimensión Competencias transversales en el ejercicio del cargo

 28/01/2026

6/02/2026

11.

Resolución los reclamos sobre la dimensión Resultados de la gestión en el ejercicio del cargo, a cargo del Minedu, y, en caso de que sean fundados, corrección de la información y/o calificación en el aplicativo dispuesto para tal fin

29/01/2026

13/02/2026

12.

Resolución de los reclamos sobre la dimensión Competencias transversales en el ejercicio del cargo, a cargo del Comité de Evaluación, en caso de que sean fundados, corrección de la información y/o calificación en el aplicativo y emisión de actas individuales de resultados

29/01/2026

19/02/2026

13.

Publicación de los resultados finales de la evaluación en el portal institucional del Minedu

25/02/2026

25/02/2026

14.

Emisión de resoluciones por parte de las DRE o UGEL, según corresponda

4/03/2026

9/03/2026

15.

Presentación ante la DRE o UGEL, por parte de los Comités de Evaluación, del informe final del proceso de evaluación debidamente documentado

26/02/2026

18/03/2026

16.

Inicio de la vigencia de la resolución de ratificación en el cargo o conclusión de la designación en el cargo y de retorno al cargo docente (a)

1/01/2026

1/01/2026

(a) De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7.6 de la Norma Técnica de la Evaluación.

B. Respecto al cargo de Director de UGEL

Actividad

Inicio

Fin

17.

Publicación de la relación preliminar de los directivos evaluados en el portal institucional del Minedu

8/01/2026

8/01/2026

18.

Presentación ante las DRE o UGEL de observaciones a la relación preliminar de los directivos evaluados

9/01/2026

19/01/2026

19.

Subsanación de observaciones presentadas a la relación preliminar de los directivos evaluados

12/01/2026

26/01/2026

20.

Publicación de la relación consolidada de los directivos evaluados en el portal institucional del Minedu

29/01/2026

29/01/2026

21.

Conformación de los Comités de Evaluación

22/01/2026

4/02/2026

22.

Aplicación de los instrumentos para el recojo de información a cargo de los Comités de Evaluación

9/02/2026

16/04/2026

23.

Registro de la información correspondiente a la evaluación y de la calificación de los desempeños de los directivos evaluados a través del aplicativo dispuesto para tal fin en el portal institucional del Minedu

26/02/2026

16/04/2026

24.

Publicación de resultados preliminares en el aplicativo dispuesto para tal fin en el portal institucional del Minedu

22/04/2026

22/04/2026

25.

Presentación de reclamos ante el Minedu respecto de los resultados preliminares de la evaluación correspondientes a la dimensión Resultados de la gestión en el ejercicio del cargo

23/04/2026

5/05/2026

TOP

Evaluación de Desempeño en Cargos Directivos de DRE y UGEL 2025-2026

 

Aprueban Norma Técnica denominada “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”

Resolución Viceministerial Nº 120-2025-MINEDU

Lima, 23 de octubre de 2025

VISTOS, el Expediente Nº DIED2025-INT-0829661, el Informe Nº 02116-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 01971-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 01649-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, de conformidad con el artículo 33 de la Ley de Reforma Magisterial, el profesor, con reserva de su plaza, puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un período de cuatro años; siendo evaluado al término del período de gestión para determinar su continuidad en el cargo hasta por un período adicional o su retorno al cargo docente;

Que, el artículo 38 de la Ley de Reforma Magisterial, establece que el desempeño del profesor en el cargo es evaluado de forma obligatoria al término del periodo de su gestión; no obstante, el citado artículo precisa que, los cargos de Director de Unidad de Gestión Educativa Local y Director o Jefe de Gestión Pedagógica, adicionalmente, son evaluados al finalizar el segundo año de haber accedido al cargo, para determinar su continuidad;

Que, conforme con el numeral 47.3 del artículo 47 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, el Ministerio de Educación aprueba, mediante norma específica, las estrategias, las técnicas e instrumentos de evaluación de desempeño, los cuales pueden ser aplicados directamente por el Ministerio de Educación o por entidades especializadas para su posterior consolidación por parte de los miembros de los Comités de Evaluación;

Que, según lo dispuesto por el numeral 62.1 del artículo 62 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, la evaluación de desempeño en el cargo es obligatoria para todo profesor que se encuentre designado en uno de los cargos de las distintas áreas de desempeño laboral de la Carrera Pública Magisterial; su objetivo es comprobar la eficacia y eficiencia del profesor en el ejercicio de dicho cargo; y, se realiza en base a los indicadores de desempeño establecidos para el respectivo tipo de cargo;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el Oficio Nº 02515-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 02116-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, que sustenta la necesidad de: i) aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial” (en adelante, Norma Técnica); y, ii) convocar a la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;

Que, la Norma Técnica tiene como objetivo establecer el modelo de evaluación, los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local 2025-2026;

Que, asimismo, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos (DIGERE), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción (OTEPA), de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica (OSEE), de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto (OPEP), así como de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN) y de la Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS) dependientes de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD);

Que, a través del Informe Nº 01971-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta, por cuanto se encuentra alineada con los instrumentos de planificación estratégica institucional y sectorial del sector Educación; y en materia presupuestal, asimismo, no irrogará gastos adicionales a los programados en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2025;

Que, mediante el Informe Nº 01649-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta normativa;

Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial” la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Convocar a la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local 2025-2026, en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

María Esther Cuadros Espinoza

Viceministra de Gestión Pedagógica

2451674-1